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Pagos extraordinarios
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Pagos extraordinarios
Ronda vigente
7ª ronda

Compensación retiro por jubilación. En caso de egresos por causal jubilatoria, las empresas abonarán la diferencia entre el sueldo nominal menos aportes a la Seguridad Social y la jubilación abonada por el BPS. Dicho beneficio se abonará por un máximo de 12 meses consecutivos contados a partir del egreso.