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Ronda
7ª ronda

Prima por Presentismo. La prima por presentismo prevista en la cláusula décimo primera, del convenio del 29 de agosto de 2005 con la redacción dada por el artículo 14 del convenio de 7 de noviembre de 2008, pasará a ser del 16% a partir del 1° de enero de 2019, se generará en forma quincenal y no se perderá por enfermedad del trabajador (debidamente acreditada y certificada por BPS), con un máximo de una falta al mes y las licencias por duelo de hijos, padres, hermanos o cónyuges.