Categoría
- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Ronda vigente
9º Ronda
Las partes acuerdan, que a los y las trabajadoras en condición de "reten" o "a la orden", por cada asistencia a la convocatoria que se les realice a presentarse en la mencionada condición, percibirán el monto equivalente al salario de 4 (cuatro) horas de su categoría. En caso de trabajar efectivamente percibirán el salario correspondiente a las horas efectivamente trabajadas. Si las horas efectivamente trabajadas en la jornada son inferiores a 4 horas, se deberá abonar el salario de 4 horas de trabajo.