- LICENCIAS ESPECIALES
- Otras licencias especiales
Salud mental. Las empresas en apoyo al cuidado de la salud mental de sus trabajadores, otorgarán a partir de la firma del presente acuerdo, 36 horas en el transcurso de cada año civil, para que pueda asistir a la realización de consultas y/o tratamientos con profesionales especializados en la salud mental (psicólogo y/o psiquiatra). Las y los trabajadores deberán comunicar a la empresa con una anticipación mínima de 72 horas a la fecha de la consulta con el profesional correspondiente y presentar una constancia escrita emitida por el profesional y/o prestador del servicio de salud, al día siguiente de la consulta o bien al reintegro a la actividad laboral, según corresponda. ---- Las empresas del sector que ya cuentan con programas de apoyo en salud mental, más amplios que los establecidos en la presente cláusula, deberán aplicar el criterio de la condición beneficiosa para el trabajador.