- LICENCIAS ESPECIALES
- Otras licencias especiales
Licencia por adopción.
En vista a que las empresas que aportan a Caja Bancaria carecen de un régimen de licencia por adopción, las partes acuerdan asimilar el plazo de la licencia a la establecida legalmente para las empresas aportantes a BPS (leyes 17292 y sus modificativas Ley 17930 Art. 27 y Ley 18436). Esto es: gozará de 45 días corridos de licencia desde la recepción del menor. Asimismo, gozará de seis meses a partir de los 45 días, en régimen de medio horario y percibirá la remuneración habitual por ocho horas.
La asimilación al régimen legal de BPS será solamente en cuanto al plazo de la licencia, no en cuanto a las demás estipulaciones legales.
Esta licencia se otorgará cuando se acredite debidamente la circunstancia que da lugar a la petición de dicha licencia.