- RÉGIMEN DE FERIADOS
- Régimen especial de feriados
Semana de turismo
Las partes acuerdan que las empresas del sector funcionarán normalmente, entre los días lunes a miércoles, de la denominada Semana de Turismo.
El trabajo de sus empleados en esos tres días, será compensado con 5 días de licencia extraordinaria, sin derecho a salario vacacional, los que serán gozados en una sola vez, en el mismo año civil, durante el período que reste con posterioridad a la mencionada semana.
Para el caso que la empresa del sector, decida no trabajar normalmente en esos días, aquellos funcionarios que por decisión unilateral de la empresa, no trabajen, no generarán descuentos ni días de licencia.
Todo lo dispuesto precedentemente, quedará sin efecto, en el caso de que la actividad bancaria, vuelva al régimen existente antes del año 1992.