- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Pago del Carnet de Salud
Carné de salud: La empresa mantendrá el beneficio de abonar la totalidad del costo del carnet de salud con las condiciones y en los casos establecidos en anteriores rondas de consejos de salarios. En los supuestos en que la gestión del carné de salud no sea realizada in situ por la empresa, se otorgarán a cada trabajador dos (2) horas hábiles libres, con goce de salario, para la realización de los exámenes obligatorios a partir de la renovación del carné, siempre que el trabajador notifique su necesidad con una antelación no inferior quince (15) días hábiles. Se deja expresamente constancia que una vez notificado el trabajador por la empresa, éste es responsable de mantener vigente el carné de salud; su incumplimiento podrá ser sancionado conforme al régimen disciplinario aplicable y a la normativa legal vigente.