- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Pagos extraordinarios
Gratificación Extraordinaria. Entre los meses de septiembre y octubre del año 2023 y del año 2025, los trabajadores del sector percibirán una gratificación extraordinaria única de $25.000 sin cargas sociales. El pago de la partida podrá ser realizada en septiembre u octubre de dichos años, según el caso del trabajador de que se trate, de forma tal de evitar que se acumule con el pago del salario vacacional anual del trabajador respectivo. Dicha partida será percibida por aquellos trabajadores que hasta 1° de septiembre de dichos años cuenten con una antigüedad en la empresa para la que trabajen mayor a 90 días. Esta partida no será acumulable con otras que perciban los trabajadores del sector, en empresas que ya otorguen alguna compensación anual o gratificación similar cualquiera sea su denominación.