Nocturnidad
Ronda de incorporación
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Nocturnidad
Ronda vigente
9º Ronda
Los trabajadores que cumplan tareas entre las 23 horas y las 7
horas del día siguiente, percibirán un complemento del 25% sobre el salario correspondiente a su
categoría, por las horas y durante el periodo en que se desempeñen en dicho horario.