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Prima por antigüedad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
5ª ronda

Prima por Antigüedad:

A todos los trabajadores a quienes se les aplique el presente convenio con excepción de los incluidos en el literal a) del artículo tercero (*) y que tengan más de diez años de antigüedad en la empresa, se les pagará un beneficio por tal concepto equivalente al 3% del salario mínimo legal de la categoría 1.

(*) Personal de dirección