Prima por antigüedad
Ronda de incorporación
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Prima por antigüedad
Ronda vigente
5ª ronda
Prima por Antigüedad:
A todos los trabajadores a quienes se les aplique el presente convenio con excepción de los incluidos en el literal a) del artículo tercero (*) y que tengan más de diez años de antigüedad en la empresa, se les pagará un beneficio por tal concepto equivalente al 3% del salario mínimo legal de la categoría 1.
(*) Personal de dirección