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Capacitación y formación transversal
Ronda de incorporación
Ronda vigente
6ª ronda

Cursos de capacitación:

Las cooperativas brindarán, al menos una vez al año, cursos de capacitación a sus empleados. La empresa definirá la temática de los cursos y la cantidad de funcionarios que asistirán a los mismos, observando los siguientes criterios: a) no discriminación entre trabajadores, b) asegurar la participación de los trabajadores cuya tarea en la cooperativa esté vinculada a la temática del curso, sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a la cantidad de asistentes al curso, c) ofrecer cursos cuyo contenido contemple las diferentes necesidades de capacitación que hay en la empresa, d) variar el contenido de los cursos de forma de dar amplitud a la participación.

Cuando los trabajadores sean designados por la empresa para participar de cursos de capacitación que se realicen fuera de la jornada habitual de trabajo los empleados tendrán derecho a la remuneración extraordinaria correspondiente.

En caso de dictarse cursos que se realicen fuera de la jornada habitual de trabajo, cuya temática haya sido propuesta por los trabajadores los empleados que concurran voluntariamente a los mismos no serán remunerados por tal concurrencia.