Categoría
Ronda vigente
7ª ronda
Licencia por Estudio:
Establécese que la licencia especial de hasta diez días hábiles por el año civil por estudio establecida en la cláusula 24° del convenio colectivo del sector de fecha tres de octubre del año 2006, podrá ser utilizada también para concurrir a clases presenciales para culminar estudios secundarios o universitarios y sean de obligatoria concurrencia, con los mismos requisitos, alcance y limitantes allí establecidos.