- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Cuidados y corresponsabilidad social: Las partes se comprometen a impulsar el diálogo sobre cuidados integrando la corresponsabilidad social y de género en los ámbitos de negociación colectiva. Flexibilidad horaria para cuidados: Los trabajadores y trabajadoras podrán ajustar su horario laboral en un margen de hasta 2 horas, previa autorización del empleador, para atender situaciones de cuidado de: hijos o hijas menores, menores a cargo inscriptos en formulario 3100 del BPS, cónyuge, o concubino/a declarado en FONASA, madre, padre, abuelos o abuelas, y familiares bajo tutela judicial o inscriptos en el Registro Nacional de Discapacidad. Esta flexibilidad aplica para el acompañamiento a consultas o tratamientos médicos, terapias o gestiones administrativas, hasta un . iba máximo de 8* horas mensuales. Se requiere acreditación mediante presentación de certificado médico o comprobante administrativo, en un plazo máximo de 48 horas.