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Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Cuidados | Actualización de cláusulas
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Ronda vigente
9º Ronda

Se establece para los trabajadores del sector una licencia especial remunerada de 48 horas anuales remuneradas al año, para asistir con sus hijos y/o padres adultos mayores en caso de tratamiento oncológicos, así como en aquellas situaciones en las cuales se requiera un tratamiento consecuencia de que no tengan autonomía ambulatoria o presenten una severa incapacidad que les impida valerse por sí mismos. En caso que ambos padres se desempeñen en el mismo establecimiento, corresponderá únicamente 48 horas anuales, que podrán ser usufructuados por cualquiera de ellos. El goce de esta licencia especial no tendrá como consecuencia la pérdida de primas o beneficios vigentes asociados a la asistencia del trabajador. Estas licencias se deberán acreditar de forma fehaciente.”

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