Ropa de trabajo:
Sin perjuicio de la normativa vigente, el empleador entregará, dos veces por año a cada trabajador, un uniforme sin costo, para su uso obligatorio, de acuerdo con el siguiente detalle:
a) Antes del 15 de junio de cada año, un equipo de invierno consistente en un mameluco o en un pantalón y una camisa de material duradero, apto para el trabajo; una campera de abrigo, zapatos de seguridad y gorro de abrigo y guantes.
b) Antes del 15 de diciembre de cada año, un equipo de verano consistente en un pantalón y una camisa apta para el trabajo, de tela liviana y dos remeras o dos camisetas de algodón o similar de manga corta.
Asimismo, en los lugares donde sea necesario su uso se entregará una campera y pantalón impermeables y botas o calzado apto para trabajar en lugares húmedos o a la intemperie.
Todos estos elementos serán repuestos por las empresas en caso de deterioro, sin costo para los trabajadores.
Además de lo anteriormente reseñado, las empresas entregarán los equipos de trabajo y las herramientas que sean necesarios para el normal cumplimiento de las tareas.