- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Caducidad de la sanción. Aquella sanción disciplinaria que sea de hasta 3 días, luego de haber transcurrido un año del cumplimiento efectivo de la última sanción (el trabajador deberá permanecer un año sin sanciones disciplinarias), no deberá ser tomada enconsideración ante la eventualidad de tener que establecer una nueva sanción disciplinaria, pero permanecerá como sanción dentro del legajo. La presente disposición no altera el criterio general de gradualidad que debe tomar en consideración el empleador al momento de ejercer la potestad disciplinaria, de darse la hipótesis prevista en la presente disposición se ve modificado el punto de partida para analizar la graduación adecuada. Naturalmente, no se encuentran comprendidas las faltas entrará graves o gravisimas. La presente disposición noviembre de 2023.