Categoría
Ronda vigente
3ª ronda
CONDICIONES DE TRABAJO.
Ambas partes integrantes de la relación laboral deberán brindar un ambiente de trabajo en condiciones dignas, libre de acoso moral y sexual, respetando el derecho a la intimidad, protegiendo su integridad psicofísica en condiciones higiénicas adecuadas.
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.
Las partes de común acuerdo reafirman el respeto por el principio de igualdad de oportunidades, de trato y de equidad en el trabajo, sin distinción o exclusión por motivos de sexo, raza, color, orientación sexual, credo, etc., de acuerdo con las disposiciones vigentes (Convenios Internacionales del Trabajo Nº 100,
103, 111 y 156, ley Nº 16.045, y Declaración Socio-Laboral del MERCOSUR)
Link a convenio