PAP Y MAMOGRAFÍA:
Toda trabajadora tendrá derecho a un día al año de licencia especial con goce de sueldo no acumulable para realizar el PAP o MAMOGRAFÍA cuando no haya podido realizar los dos estudios en un mismo día. Este día se agrega al ya otorgado por la Ley N° 17.242.
En el caso de las trabajadoras con multiempleo solamente será abonado por el empleador con quien concuerde día y hora del estudio con el horario laboral y la fecha de realización de los estudios, no pudiendo coincidir con el mismo empleador en las 2 oportunidades. Para gozar del beneficio, las trabajadoras deberán avisar fehacientemente (ejemplo por Whatsapp) con un mínimo de 10 días y deberá presentar la constancia correspondiente dentro de la semana posterior al examen. En caso de no cumplir cualquiera de los requisitos anteriores, no generará el derecho al cobro del jornal. EL mismo no tendrá descuento en la prima del presentismo.