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Licencia por violencia basada en género
Ronda
7ª ronda

Licencias especiales para víctimas de violencia doméstica. En aquellos casos en que el/la trabajador/a sea víctima de violencia doméstica, comprobada a través de denuncia policial o penal correspondiente, con intervención de médico forense de la que surja la existencia de lesiones, las empresas otorgarán 2 días hábiles de licencia especial paga adicional a lo establecido por la Ley 19.580. El comprobante de la denuncia, así como la acreditación de la intervención del médico forense, deberán ser presentados dentro de los 5 días siguientes al reintegro del trabajador/a para justificar su ausencia. En caso de posterior levantamiento de la denuncia, se perderá el derecho a usufructuar este beneficio nuevamente.

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