- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Garantía de pasaje a contratación con mayor cantidad de jornales al mes
Aquellos trabajadores que desempeñen tareas por 16 o más jornales al mes, pasarán a una modalidad de contratación por 23 jornales cuando cumplan 90 jornales corridos o 150 alternados en un año móvil. Asimismo, aquellos trabajadores que en el año móvil a finalizar el día 30 de septiembre de 2016, hayan cumplido con los jornales corridos o alternados referidos, pasarán, desde el 1 de octubre del presente a un contrato de 23 jornales al mes.
A efectos de contabilizar dichas cantidades se tienen en cuenta solamente la ocupación de puestos genuinos; por lo que no se computarían las coberturas de licencias (comunes y especiales), de amparos a DISSE y BSE o de faltas comunes. Sí se computan las coberturas de los días de descanso semanal. El cómputo de jornales, en caso de distribución de las 4 horas del sexto días entre los cinco restantes, se hará a razón de 6 jornales por 5 trabajados en régimen de 8 horas y 48 minutos.
Asimismo, en el lapso de 180 días, las partes se comprometen a analizar los resultados del pasaje de 48 a 44 horas y para el caso de que constaten la existencia de días libres no cubiertos por las cláusulas de este acuerdo continuarán negociando con el objetivo de ampliar los 23 jornales previstos en la presente cláusula.
5ª ronda de Consejos de Salarios (acta separada).