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Ropa de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • ROPA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
  • Ropa de trabajo
Ronda vigente
4ª ronda

Se entregarán dos uniformes por año conforme a lo estipulado en el convenio de fecha 3 de mayo de 2006, uno de verano y otro de invierno. Serán exigibles al 15 de mayo de cada año el uniforme de invierno, y al 15 de noviembre el uniforme de verano. Los trabajadores deberán firmar los recibos de entrega de los uniformes. Aquellos trabajadores que quieran equipos de lluvia deberán solicitarlo por escrito a la empresa la cual los entregará, en un plazo no mayor a 30 días a contar desde la solicitud salvo fuerza mayor o caso fortuito, teniendo el trabajador derecho a un equipo de lluvia por año. Con la entrega de los uniformes por parte del empleador nace la obligación de su uso por parte de los trabajadores, pudiendo aplicarse medidas disciplinarias en caso de incumplimiento.

Se etregará a aquellos trabajadores que lo soliciten por escrito y en un plazo de 30 días desde la solicitud, bandas reflectivas y/o faja de seguridad, teniendo la obligación de usarlo pudiendo ser sancionado en caso de su omisión al respecto. Dado que el uso de la faja puede resultar perjudicial para quien padezca determinado tipo de patología, el trabajador que solicite la entrega de tal elemento deberá contar con un certificado médico que respalde el beneficio de dicha solicitud.