- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Garantía de cobertura de vacantes
En caso de que se generen vacantes en puestos que impliquen trabajar mayor cantidad de jornales al mes, se cubrirán por estricto orden de antigüedad, independientemente de la cantidad de jornales por los cuales cada trabajador pueda haber sido contratado. Los trabajadores interesados en cubrir estas eventuales vacantes comunicarán por escrito, a la empresa en la cual prestan servicio, su deseo de poder trabajar una mayor cantidad de jornales en caso de que se genere una vacante. Esta comunicación deberá realizarse, por primera vez, en el mes de octubre de 2016 y en lo sucesivo durante septiembre de cada año (esto en tanto resuelva modificar su manifestación de voluntad previa). En caso de nuevos ingresos, la opción se realizará durante el mes de septiembre siguiente al cumplimiento de la prueba.
Una vez generada la vacante la empresa le comunicará por escrito al trabajador más antiguo, que hubiera manifestado su voluntad de aumentar los jornales, la existencia y la oferta de cubrirla. El trabajador más antiguo, a su vez, deberá otorgar por escrito su consentimiento y en caso de no aceptar se realizará la comunicación al trabajador que le siga en antigüedad y así sucesivamente. Podrán rechazarse hasta tres ofertas por el mismo trabajador, en cuyo caso perderá la antigüedad a estos efectos y pasará a ocupar el último lugar de la lista. No se considerará rechazo el ceder la vacante al siguiente trabajador en orden de antigüedad.
Todas las comunicaciones serán con copia para el trabajador y la empresa deberá guardar, por 2 años, una copia adicional de cada comunicado para el sindicato. Estas copias deberán estar disponibles en un plazo de 72 horas si el sindicato las solicitare.
5ª ronda de Consejos de Salarios (acta separada).