- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Presentismo
Se acuerda aumentar la prima de presentismo en dos instancias, a enero de 2014 un 1% quedando la misma en 5%, enero de 2015 otro 1% quedando en 6%.
Se acuerda, asimismo, una tolerancia máxima de hasta 20 (veinte) minutos por mes que se pueden dar en un máximo de hasta tres oportunidades al mes.
a. Máximo 20 (veinte) minutos: En todos los casos que la suma de minutos de llegadas tarde del mes superen los veinte minutos, se pierde el Presentismo. Si la suma de minutos de estas tres llegadas tardes no superan los 20 (veinte) minutos, se cobra el 100% del Presentismo.
b. Máximo 3 (Tres) llegadas tardes: En caso de superarse las tres llegadas tarde, aunque no se superen los 20 minutos, se pierde el Presentismo.
c. Una Falta Justificada por Causa de Fuerza Mayor mensual, con Pre-Aviso Escrito: Se acepta 1 (una) falta Justificada con un Pre-Aviso escrito de 48 horas hábiles que deberá ser entregado en Oficina de Personal. Por esta situación las empresas descontaran el 50% de la Prima por Presentismo. El otro 50% dependerá que no se superen además en el mismo mes, las otras condiciones estipuladas precedentemente.
d. Prorrateo en caso de amparo al B.S.E: Los funcionarios que ingresen al B.S.E cobrarán la Prima por Presentismo proporcionalmente a los días hábiles efectivamente trabajados.
e. Permanencia de condiciones anteriores: Las demás condiciones para el cobro de la "Prima por Presentismo" que no fueron modificados en este Convenio Colectivo, permanecen vigentes y válidas.