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Sector
Canasta de fin de año
Ronda de incorporación
Ronda vigente
11ª ronda

Se renueva durante la vigencia de este acuerdo, el beneficio establecido en la Cláusula QUINTA, apartado II) del Acta de Consejo de Salarios de fecha 21 de noviembre de 2016. En consecuencia y durante el plazo indicado, se mantiene la sustitución de la Canasta de Fin de Año por el pago de una Partida Única en Ticket Alimentación cuyo cobro e importe, dependerá del cumplimiento y/o cobro de la prima por presentismo que el involucrado haya generado en el período que se establece, de acuerdo al siguiente detalle: i b. El importe de la partida a percibir se fijará atendiendo a la actividad del trabajador en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2024 a noviembre de 2025 y en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2025 y noviembre de 2026. A tales efectos, se aplicarán los siguientes criterios: a. Opción 1: Los trabajadores que hayan generado el cien por ciento (100 %) de la prima por presentismo por lo menos en 9 (nueve) oportunidades en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2024 y noviembre de 2025 y en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2025 y noviembre de 2026 percibirán el equivalente de hasta $ 3.500 (tres mil quinientos pesos uruguayos) en Ticket Alimentación por el período considerado. Opción 2: Los trabajadores que hayan generado el cien por ciento (100%) de la prima por presentismo en por lo menos 6 (seis) oportunidades en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2024 y noviembre de 2025 y en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2025 y noviembre de 2026 percibirán el equivalente hasta $ 2.200 (dos mil doscientos pesos uruguayos) en Ticket Alimentación por el período considerado. 138 Lel ii. iii. iv. C. Opción 3: Los trabajadores que no hayan generado el cien por ciento '(100 %) de la prima por presentismo en por lo menos seis (6) oportunidades en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2024 y noviembre de 2025 y en el período comprendido entre los meses de diciembre de 2025 y noviembre de 2026 percibirán el equivalente hasta $ 660 (seiscientos pesos uruguayos) en Ticket Alimentación por el período considerado. El pago de la Partida Adicional de Fin de Año, se realizará en todos los casos mediante la entrega de Ticket Alimentación. A los efectos de considerar el cumplimiento que el trabajador haya registrado respecto de la prima por presentismo para habilitar el cobro de la partida adicional de fin de año, se considerará todo el desempeño del involucrado en cada uno de los períodos indicados, esto es, diciembre de 2024 a noviembre de 2025 y diciembre de 2025 a noviembre de 2026, acumulando oportunidades en que se haya generado el cien por ciento (100%) de la prima correspondiente con los meses en que se haya generado el cincuenta por ciento (50 %) de la misma. En los meses en que el trabajador haya usufructuado de su licencia anual reglamentaria, la evaluación de cumplimiento a los solos efectos del beneficio establecido en esta cláusula, se realizará considerando el desempeño efectivo del trabajador en los días en que debió cumplir tareas. A vía de ejemplo, un trabajador que haya generado el cincuenta por ciento (50%) de la prima por presentismo en 12 (doce) meses, se computará como si hubiera generado la prima por presentismo completa (100%) en por lo menos 6 (seis) oportunidades, generando el derecho establecido en la Opción 2 que antecede. Finalizado este acuerdo caducará el beneficio adicional implementado en esta cláusula y se retomará el beneficio de la Canasta de Fin de Año (Valor $ 600,00), en los términos que regían al 30 de Junio de 2016.