Categoría
Ronda vigente
6ª ronda
Otros
Se acuerda el descanso a pie de máquina para los trabajadores afectados a las tareas necesariamente continuas, de acuerdo a las siguientes condiciones:
- A los trabajadores que cumplen ese tipo de tareas se les abonará una partida adicional, consistente en un dieciséis avo (1/16) de su jornal base.
- Los trabajadores que por cualquier causa dejen de trabajar en forma permanente en tareas necesariamente continuas, pasando a desempeñarse en puestos que permitan su alejamiento del lugar de trabajo durante el descanso intermedio, perderán el derecho a cobrar 1/16 de su jornal por concepto de DPM.