Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por matrimonio
Ronda vigente
4ª ronda
Por Casamiento:
A efectos del casamiento, los empleados del sector tendrán derecho a una licencia especial de cinco días hábiles corridos, uno de los cuales deberá ser el día del matrimonio.
Para obtener la licencia, el interesado deberá solicitarla por escrito con un preaviso mínimo de treinta días previos al matrimonio, salvo fuerza mayor que amerite un plazo menor.
En lo demás, se regirá por lo establecido en la Ley 18.345 y ley 18.458.