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Sector
Nocturnidad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Nocturnidad
Ronda vigente
2ª ronda

Nocturnidad. Las empresas del sector abonarán el 20% como compensación por trabajo nocturno, entendiendo por tal el comprendido entre las 22 y las 6. Aquellos trabajadores que no cumplan íntegramente el horario señalado, percibirán el complemento por las horas efectivamente realizadas dentro de dicho horario, calculadas sobre el jornal correspondiente a su categoría. Beneficio incluido en la 2ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2006.