Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Viáticos
Ronda vigente
2ª ronda
Viáticos por traslado. La empresa abonará el costo de traslados, solamente cuando superen las diez cuadras. Dicho costo será equivalente al boleto de ómnibus que corresponda. La empresa no abonará viáticos si se traslada a los trabajadores en vehículos de la misma. Beneficio incluido en la 2ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2006.