Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Otras licencias especiales
Ronda vigente
11ª ronda
SALUD MENTAL.A los efectos de la atención mental se acuerda que los trabajadores tendrán 15 horas anuales pagas, que deberán ser utilizadas al nicio o la finalización de la jornada laboral a los efectos de acudir a consultas con psicólogo o psiquiatra. El trabajador deberá dar aviso de la utilización de las horas al empleador con 72 horas de antelación y, acreditar dentro de las 48 horas siguientes la realización de la atención clínica por medio de un certificado que tenga la firma del profesional actuante y su número de matrícula.