- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por estudio
Licencias especiales por Estudio. las licencias especiales en todo lo que sea más beneficioso que la ley 18345.
Histórico:
Establécese una licencia especial por estudio de cinco días por año civil, para rendir exámenes, pruebas de revisión y evaluación y/o similares, para aquellos funcionarios que cursen cuarto, quinto y sexto de Secundaria, Cursos de UTU relacionados con la actividad o el ramo del lugar de trabajo al cual pertenecen. La utilización de la licencia estará sujeta a los siguientes requisitos: 1) solicitud con 15 días de anticipación, 2) presentación del certificado de haber rendido el examen, 3) que no exista otro trabajador haciendo uso del mismo beneficio. Podrá ser fraccionada y en todos los casos será abonada por la empresa y considerada como tiempo efectivamente trabajado a los efectos del cálculo de la licencia reglamentaria. Beneficio incluido en la 2ª ronda de Consejos de Salarios de noviembre de 2006.