Categoría
Ronda vigente
10ª ronda
DECIMA QUINTA: Cláusula de Paz. Durante la vigencia de este convenio, las organizaciones sindicales y los trabajadores del sector no realizarán acciones gremiales referidas a mejoras salariales o aumentos que queden alcanzados y comprendidas en el objeto del presente acuerdo. Se exceptúan las medidas sindicales adoptadas con carácter sindical por FOEMYA, CONFEDERACIÓN DE SINDICATOS INDUSTRIALES y el PIT-CNT.