Categoría
Ronda vigente
6ª ronda
a.1- En caso de fallecimiento de padres, hermanos, cónyuge o hijos del trabajador, se concederá una licencia de tres días pagos.
a.2 – En caso de fallecimiento de nietos del trabajador, se concederá una licencia de dos días con goce de sueldo.
a.3 – En caso de fallecimiento de suegros o abuelos del trabajador, se otorgará una licencia de un día pago.