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Procedimientos de prevención y solución de conflictos
Ronda de incorporación
Ronda vigente
2ª ronda

DECIMA SEGUNDA: Las partes acuerdan que apuestan al diálogo para la autocomposición de cualquier situación de cualquier naturaleza que pudiera dar lugar a un caso de diferendo o conflicto, y a tales efectos, se comprometen a formar una Comisión Bipartira que tendrá como cometido analizar y prevenir situaciones de conflicto del sector. Si dicho ámbito no pudiere solucionar las situaciones planteadas, las partes convienen, que antes de adoptar medidas de acción gremial de cualquier tipo, se convocará al Consejo de Salarios del Grupo correspondiente a los efectos de que asuma su competencia como conciliador y componedor de tales circunstancias.-

DECIMA TERCERA: Las partes acuerdan que cualquier caso de duda, dificultad interpretativa que pudiera dar lugar cualesquiera de las cláusulas del presente convenio, se resolverá en el seno del Consejo de Salarios del grupo o subgrupo correspondiente.-Leída que fue se ratifican y firma en tres ejemplares del mismo tenor, uno para cada parte.