Otras condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Ronda vigente
11ª ronda
Flexibilidad horaria para cuidados. Los trabajadores y las trabajadoras podrán ajustar su horario laboral en un margen de hasta 2 horas, previa autorización del empleador, para atender situaciones de cuidado de: hijos e hijas menores, menores a cargos declarados en el formulario 3100 del BPS, cónyuge o concubino/a declarado en FONASA, madre, padre, abuelos o abuelas y familiares bajo tutela judicial o inscriptos en el Registro Nacional de Discapacidad.
Esta flexibilidad aplica para el acompañamiento a consultas o tratamientos médicos, terapias o gestiones administrativas, hasta un máximo de 8 horas mensuales.
Se requiere acreditación mediante presentación de certificado médico o comprobante administrativo, en un plazo máximo de 48 horas.