Sector
Tickets de alimentación
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Tickets alimentación
Ronda vigente
6ª ronda
Partida anual.
Se otorgará a los trabajadores una partida anual compuesta de hasta doce mil pesos uruguayos ($12.000) que se abonará en ticket alimentación en doce cuotas mensuales de hasta mil pesos uruguayos cada una ($1.000), de acuerdo a los siguientes requisitos:
- Será requisito para el cobro de cada cuota mensual de $ 1.000 (mil pesos uruguayos) que el trabajador haya generado y cobrado el cien por ciento (100 %) de la prima por presentismo en el mes inmediato anterior al mes al que corresponda dicha cuota.
- En los casos que el trabajador no haya generada y cobrado el 100 % del presentismo en el mes inmediato anterior al mes al que corresponda la cuota mensual, pero haya alcanzado el cincuenta por ciento (50 %) de la prima por presentismo, la cuota en Ticket Alimentación a abonar en ese mes será de $ 500 (quinientos pesos uruguayos).
- En los casos que el trabajador no haya generado y cobrado al menos el cincuenta por ciento (50 %) presentismo en el mes inmediato anterior al mes al que corresponda la cuota mensual, perderá el derecho al cobro de la cuota en Ticket Alimentación mensual que se establece en esta cláusula.
En aquellos meses que el trabajador usufructúe su licencia anual reglamentaria, el importe a pagar por concepto de ticket de alimentación se prorrateará en función de los días hábiles efectivamente trabajados.
El pago de la cuota correspondiente en ticket alimentación comenzará a efectuarse a partir del mes siguiente al de firma de este convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula Vigésimo Cuarta.