Categoría
Ronda vigente
2ª ronda
Licencia por duelo.
Los trabajadores tendrán derecho a disponer de 3 días de licencia paga, en caso de fallecimiento de un familiar directo. A los efectos de este convenio se entiende como familiar directo los que se enumeran a continuación: padre, madre, hermanos de sangre, cónyuge e hijos. Los 3 días serán corridos y se contarán a partir del día de fallecimiento del familiar.