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Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Beneficio de alimentación
Ronda vigente
1ª ronda

En el caso de las Panificadoras Industriales se acuerda que los trabajadores tendrán derecho a que se les entregue diariamente un kilogramo de pan común, pero si fueran atributarios de Asignaciones Familiares, y mientras mantengan la aludida condición, ese derecho tendrá por objeto la entrega diaria de un kilogramo y medio de pan; pudiéndose instrumentar dicho beneficio en la forma y condición que cada empresa acuerde con su personal.