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Licencia por estudio
Ronda de incorporación
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Licencia por estudio
Ronda vigente
3ª ronda

Licencia por estudio. (Para personal mensual permanente) Se otorga una licencia especial por estudio, con goce de sueldo,  de 12 días por año civil para rendir exámenes, pruebas de revisión y evaluación y /o similares , para aquellos trabajadores que cursen 4°, 5° y  6° año de Secundaria, cursos de UTU relacionados con la actividad y para estudiantes de nivel Universidad Superior cualquiera sea la carrera en curso. La utilización de esta licencia estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos: (a) La solicitud de la misma se comunicará con 15 días de anticipación. (b) El fraccionamiento de la misma se establecerá de común acuerdo entre la empresa y el trabajador. (c) El trabajador deberá presentar un certificado donde conste que ha rendido el correspondiente examen, o prueba de evaluación o revisión. (d) Estos días de licencia deberán utilizarse para rendir un mínimo de 3 exámenes por año, debiendo el trabajador aprobar como mínimo uno para mantener este beneficio para el año siguiente. Beneficio incluido en la 1ª ronda de Consejos de Salarios de agosto de 2005.

 

Los trabajadores del sector tendrán derecho a licencias especiales, en todos los casos con goce de sueldo y sin descuento de sus licencias reglamentarias, usufructuando lo que sea más beneficioso ya sea por los convenios anteriores o el régimen legal.  3ª ronda de Consejos de Salarios de agosto de 2008.