Categoría
- BENEFICIOS RELATIVOS A LA MATERNIDAD
- Protección de la trabajadora embarazada
Ronda vigente
4ª ronda
La trabajadora que se encuentre embarazada tendrá derecho a un cambio temporáneo de las actividades, si las mismas por su naturaleza o por las condiciones en que se lleven a cabo pudieran afectar la salud de la progenitora o del hijo/a, siempre y cuando sea solicitado por un profesional médico.