Categoría
Ronda
9º Ronda
Prima por presentismo: Se acuerda el pago mensualmente de una "prima por presentismo" equivalente 2 (dos) jornales nominales mensuaIes
Será causal de pérdida de este beneficio A) Una falta injustificada en el mes. No se considerará justificación de la inasistencia la presentación de un certificado de asistencia móvil, ni de médico particular.
B)La llegada tarde del trabajador por 30 minutos (en una oportunidad o por acumulación de llegadas tarde) o más en el mes, sea al comienzo de la actividad, al re- ingreso de los descansos intermedios, o registrar la salida del trabajador antes de finalizar su horario de trabajo
Todos los trabajadores, percibirán este beneficio aunque no hayan trabajado todo el mes, en los siguientes casos: a) en los casos de goce de la licencia anual reglamentaria, b) en los casos de accidente de trabajo exclusivamente certificado por BSE, c) en los casos de enfermedad exclusivamente certificada por DISSE, d) en los casos de goce de licencias especiales establecidas por ley, e) en los cases de paro general decretado por PIT-CNT y/o UNOTT, f} cuando una llegada tarde se origina por paro de transporte salvo que la empresa habiendo sido notificada asuma el traslado de ida y vuelta del trabajador, y g) en aquellos casos que no se concurre a trabajar en feriados pagos.
Se establece que en las situaciones de los literales b) y c) sólo se abonará la prima por presentismo por el periodo de un mes.