- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
Reimpresión de libreta de conducir y cédula de identidad en caso de rapiña. En caso de que, durante el cumplimiento de la jornada laboral, el trabajador sea víctima de una rapiña que implique la sustracción de su libreta de conducir y/o cédula de identidad, y siempre que acredite debidamente tal hecho mediante la presentación de la denuncia policial correspondiente, el empleador abonará, junto con la liquidación salarial del mes inmediato siguiente a dicha acreditación, una partida extraordinaria y por única vez destinada a cubrir los costos de reimpresión de los documentos sustraídos. El monto de dicha partida se ajustará exclusivamente a los valores vigentes fijados por la Dirección Nacional de Identificación Civil y la Intendencia de Montevideo para la reimpresión de la cédula de identidad (trámite común) y la libreta de conducir categoría 1A, respectivamente.
La referida partida no tendrá carácter salarial, por lo que no integrará la base de cálculo de aguinaldo, salario vacacional, licencias, horas extras, aportes a la seguridad social, ni cualquier otro concepto de naturaleza salarial o indemnizatoria. Asimismo, el empleador podrá autorizar, de forma excepcional y justificada, un cambio de guardia o la designación de un suplente a solicitud del trabajador afectado, a efectos de permitir la realización de los trámites necesarios para la reimpresión de los documentos mencionados. Dicho permiso no afectará el régimen de presentismo, siempre que trabajador haya coordinado previamente con la jefatura correspondiente el día y horario de la gestión, de forma de no generar perjuicios en la organización del servicio.