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Nocturnidad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Nocturnidad
Ronda vigente
4ª ronda

NOCTURNIDAD. En virtud de la promulgación de la ley 19313 respecto del trabajo nocturno, con vigencia a partir del 01/07/2015, las partes se han reunido en Consejo de Salarios para analizar la incidencia de la misma en el sector. Las partes acuerdan que cuando el trabajador cumpla tareas de conducción, carga, descarga, espera en la fila, etc, en las condiciones previstas en la ley mencionada, se abonará la sobretasa prevista de un 20 % sobre el valor de la hora que efectivamente corresponda al trabajador. (Artiulo 1° y 2° del convenio realizado el día 22 de junio de 2015).