- LICENCIAS ESPECIALES
- Otras licencias especiales
LICENCIA EXTRAORDINARIA: Se acuerda que a todos los trabajadores que se desempeñen en la categoría de chofer internacional o de semirremolque, que cuenten como mínimo con dos años de antigüedad en la empresa, se les otorgará dos días adicionales de licencia anual. Para la base de cálculo de la misma se tomará en cuenta el jornal básico del trabajador, más el 100% del jornal por eventuales horas extras, y generará además derecho al cobro del salario vacacional correspondiente. Se pacta expresamente la no ultraactividad de este beneficio con fecha posterior a la fecha de vencimiento del presente acuerdo.
Se acuerda que aquellos trabajadores que hubieren gozado de la licencia anual generada en el 2017 y no hubieren gozado de la licencia extraordinaria (2 días adicionales), adicionarán dicha licencia extraordinaria a la licencia anual a gozar en el año 2019. (Articulo 8 del convenio realizado el día 27 días del mes de noviembre de 2018).