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Otras condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
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Ronda vigente
3ª ronda

Salud Laboral. Se ratifica el artículo 8 del decreto 466/08 respecto a los delegados de Seguridad e Higiene en las obras, con excepción del numeral 3 el cual quedará de la siguiente forma: “la hora de Asamblea por temas de Seguridad e Higiene y Salud Laboral a que se refiere el Convenio del año 1997 y al Decreto que recoge dicho Convenio ratificados en los sucesivos, tendrán 30 minutos pagos por el empleador. Los 30 minutos antes referidos podrán ser transferidos para el mes siguiente, a efectos de realizar una asamblea de 1 hora paga. Las partes acuerdan en modificar la cantidad de delegados por obra de la siguiente forma: a) de 1 a 75 trabajadores en obra a 1 delegado; b) de 76 a 150 trabajadores en obra a 2 delegados; c) de 151 a 250 trabajadores en obra a 3 delegados; d) de 251 a 350 trabajadores en obra a 4 delegados; e) de 351 en adelante, se sumara un delegado más, por cada 100 trabajadores en obra.