Día del trabajador del sector
Ronda de incorporación
Categoría
- RÉGIMEN DE FERIADOS
- Día del trabajador del sector
Ronda vigente
3ª ronda
Declárase que el día de la Industria y del trabajador de la Construcción, será el tercer lunes del mes de octubre de cada año, durante la vigencia de este acuerdo. En tal conmemoración, las empresas deberán pagar a su personal la jornada en carácter de trabajada. Si ese día se trabajara, se pagarán además, las horas laboradas, con el valor de la hora simple; por lo que se sustituye el artículo 8º del Decreto 414/985 de fecha 1º de agosto de 1985.