- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Otros beneficios monetarios
Fondo de cesantía y retiro. Las partes acuerdan crear un Fondo de Cesantía y Retiro a partir de la entrada en vigencia del Decreto de extensión del presente acuerdo. La duración del mismo será ilimitada. Beneficiarios Los beneficiarios del mismo serán todos los trabajadores comprendidos dentro del presente acuerdo del Grupo 09 subgrupo 01. El monto de dicha cuenta no puede ser utilizado como parte de pago parcial o total de la indemnización por despido, si correspondiere. Asimismo, aquel trabajador beneficiario de este fondo que se retire de la actividad por causa jubilatoria y/o incapacidad física o mental, o abandone la industria por cualquier otra causa (cambio de actividad, emigración, etc.) o fallecimiento, será entregada la totalidad de los fondos de su cuenta personal al trabajador, su representante legal o judicial, o sus herederos. Los fondos de su cuenta personal, después de 60 meses sin movimiento serán vertidos al Fondo Solidario. En casos excepcionales que se pudieran presentar, los mismos serán tratados por la administración del Fondo. En caso de que no hubiere consenso (empleador-trabajador) se pasará el tema al Consejo de Salarios para su resolución.