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FONDOS SOCIALES
Ronda de incorporación
Categoría
  • FONDOS SOCIALES
Ronda vigente
1ª ronda

Fondo social y fundación de capacitación. 1. Las partes ratifican la vigencia y existencia del Fondo Social de la Construcción y Fundación de Capacitación de los trabajadores de la Industria de la Construcción y FOSVOC (Fondo Social de Vivienda de Obreros de la Construcción), que estarán integradas por las partes profesionales que suscriben el presente Acuerdo. A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo se unificará el aporte obrero y patronal a los Fondos Sociales y la Fundación de Capacitación. En forma separada se efectuará el aporte al FOSVOC (Fondo Social de Vivienda de Obreros de la Construcción). Las partes acuerdan a partir de la publicación en el Diario Oficial del Decreto de extensión del presente acuerdo aumentar la aportación al Fondo Social de la Construcción y a la Fundación de Capacitación al 1% (uno por ciento), manteniéndose la proporción de los aportes sectoriales correspondiendo al Sector empresarial el 0,6825 (cero con sesenta y ocho veinticinco), incluidas las incidencias del Banco de Previsión Social para los incluidos en el Decreto-Ley Nº 14.411 y el 0,6825 (cero con sesenta y ocho veinticinco), para los excluidos en el Decreto-Ley 14.411 y el aporte de los trabajadores será en todos los casos del 0,3175 (cero con treinta y uno setenta y cinco). Se acuerda modificar la distribución de los porcentajes correspondientes al Fondo Social de la Construcción y la Fundación de Capacitación, que a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente acuerdo pasa a ser de 45% (cuarenta y cinco por ciento) para el Fondo Social y 55% (cincuenta y cinco por ciento) para la Fundación de Capacitación, del 1% (uno por ciento) del aporte global. 2. La Fundación de Capacitación podrá continuar apoyando y financiando todas las actividades que tiendan a profesionalizar las relaciones laborales en el sector. Toda autorización para acceder a la financiación enunciada será tomada y documentada por consenso de los representantes de todas las gremiales que integran la Fundación de Capacitación. 3. Las partes se comprometen a gestionar los mecanismos que garanticen la obligatoriedad de la aportación al Fondo Social de la Construcción y a la Fundación de Capacitación.