Otras licencias especiales
Ronda de incorporación
Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Otras licencias especiales
Ronda vigente
1ª ronda
Licencias. El personal que desempeñen sus funciones en régimen de trabajo rotativo, gozará de una licencia de diez días complementarios a los establecidos por la ley Nº 12590 de 23/12/58 y Decreto reglamentario, sin perjuicio de la antigüedad que corresponda. Beneficio incluido en la 1ª ronda de Consejos de Salarios de diciembre de 2005.