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Desempeño de una tarea superior a su cargo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Desempeño de una tarea superior a su cargo
Ronda vigente
1ª ronda

Desempeño temporario en una categoría distinta a la propia.

A efectos de contribuir a mantener los niveles de empleo en la industria durante todo el año, los trabajadores podrán ser convocados para trabajar en tareas y categorías distintas a la propia. Cuando de la convocatoria resulte la prestación de tareas de una categoría inferior, el salario no podrá ser modificado; cuando se presten tareas de una categoría superior durante más de 2 días consecutivos, el trabajador tendrá derecho a percibir, temporalmente y a partir del tercer día, el salario correspondiente a la categoría superior. El desempeño temporal en una categoría superior durante el lapso de 90 días continuos o 120 días alternados en el período del último año inmediato, otorgará derecho a la permanencia en la misma. A nivel de empresa se podrá pactar por convenio colectivo que determinadas ausencias por las cuales sea necesario el desempeño temporal en una categoría distinta a la propia, no se compute para los 90 o 120 días previstos en la presente clausula.