Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Aguinaldo extraordinario
Ronda vigente
3ª ronda
Recogiendo la realidad predominante en la industria del arroz, se conviene la generalización de tal beneficio para todas las empresas del sector. El beneficio será equivalente al 100% de la porción del aguinaldo que corresponde abonar en mes de diciembre y será abonado antes del 15 de enero de cada año